SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2303/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2303/2012

Fecha: 16-Nov-2012

II.3.

II.3.  Solicitud de informe presentado por el accionante ante el Gobernador del recinto penitenciario de San Pedro; informe elevado por el escolta de servicio al Director del Centro Penitenciario de San Pedro, en el que refiere que a horas 8:20 del 19 de abril, salieron del recinto penitenciario llegando al garaje de la Corte Superior- ahora Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a horas 9:50 para luego trasladar al privado de libertad Jorge Antonio Márquez Hirlemann al Juzgado, en el trayecto habían varias personas que “se encontraban con tono agresivo”. La audiencia que se inició a las 10:10 y fue suspendida a horas 10:25, permaneciendo con el privado de libertad en Secretaría del Juzgado para evitar posibles agresiones físicas al interno, porque habían varias personas que gritaban en tono agresivo “que salga el asesino”, después de un lapso de espera y una vez que la gente fue dispersada, condujo al interno al bus del penal para su traslado al mismo, llegando a éste a horas 12:00. El interno no sufrió agresiones física pero si gritos de tono agresivo (fs. 4 y 5).