Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2334/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Lucio Condori Rodríguez, Juez Segundo de Instrucción Mixto cautelar del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, mediante informe escrito, cursante a fs. 66, señaló lo siguiente: En su condición de juzgador, “se ratifica en el Auto de medidas cautelares dictado” (sic), mediante el que, conforme a procedimiento, dispuso la detención preventiva del imputado Ernesto Ovale Justiniano, Resolución contra el cual, interpuso el recurso de apelación incidental, que fue confirmado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.
- Fragmento 16
- La Resolución que resuelve incidente de nulidad o actividad procesal defectuosa, es susceptible de apelación incidental
- III.2.
- CONFIRMAR