Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2348/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante manifestó que el 4 de abril de 2011, estaba en la audiencia escuchando la declaración del funcionario, Tito Reynaldo Calami Ferrufino, en ese momento este salió y lo agredió; posteriormente, el demandado instigó a la violencia a consecuencia de ello, su hermano fue conducido a la celda y posteriormente el también fue arrestado por lo que, se considera víctima de atropellos y amenazas físicas, aseverando que siendo víctimas fueron “encerrados”, finalmente suscribieron acta de buena conducta con el funcionario policial de apellido Calami.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe del funcionario policial demandado
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- III.2. Función de de la Policía Boliviana y facultad de las Unidades de Conciliación Ciudadana y Familiar para imponer sanciones
- III.3. Momento de la presentación de la acción de libertad en caso de privación de libertad ilegal o indebida
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Dimensionamiento de los efectos del presente fallo
- 2º