Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2358/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 11 de enero de 2012, dirigido a la Sala Civil Segunda, el Alcalde Municipal de Cochabamba, mediante su apoderado, solicitó la nulidad de la notificación practicada a fs. 559 con el Auto de Vista de 15 de marzo de 2011, con el argumento expuesto en el mismo (fs. 21 a 24).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- siempre que no exista otro medio
- III.2.De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- providencia de 11 de enero de 2012
- otro medio
- denegado
- CONFIMAR