SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2370/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2370/2012

Fecha: 22-Nov-2012

III.4.

          Al respecto la jurisprudencia constitucional, desarrollada en la SC 0641/2011-R de 3 de mayo, señaló que:”Ahora bien, debe señalarse que el órgano contralor de constitucionalidad, entre uno de sus roles esenciales, tiene la misión suprema de velar por el respeto y estricto cumplimiento a los derechos fundamentales reconocidos por la CPE y el bloque de constitucionalidad imperante, en ese contexto, su labor debe estar guiada por los fines del Estado Plurinacional de Bolivia, como es la construcción de una sociedad justa y armoniosa, tal como reza el art. 9.1 de la CPE, en ese contexto y a partir de este mandato constitucional, se establece que las funciones de este Tribunal deben estar regidas por los principios de razonabilidad, proporcionalidad y objetividad, los cuales constituyen elementos configuradores del contenido esencial del valor justicia; en ese entendido, este órgano, como último y máximo celador de los derechos fundamentales, debe asumir decisiones que plasmen un equilibrio constitucional sin afectar desproporcionalmente situaciones concretas ajenas a la voluntad de las partes sujetas a procesos de naturaleza constitucional como es el caso de la acción de libertad, por tanto, merced a estos postulados, en la especie, para evitar daños y serias afectaciones procesales a las partes, considerando que en aplicación de las líneas jurisprudenciales vigentes, la tutela debe ser denegada y por tanto debe revocarse la decisión emanada del Tribunal de Garantías y considerando que hasta la fecha de emisión de la presente sentencia, ha transcurrido un largo periodo de tiempo, lapso que no es atribuible ni a las partes procesales y menos aún a este Tribunal, sino que es el resultado de circunstancias de fuerza mayor -como es el caso de la falta de funcionamiento de esta instancia de revisión de fallos emitidos en acciones tutelares, ocasionada por la renuncia de sus miembros...