SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2380/2012
Fecha: 22-Nov-2012
a)
Solicita se declare procedente la acción y se disponga: a) La nulidad de la citación con la demanda de fojas “8” y de los actos procesales posteriores, entre ellos la notificación por cédula con la sentencia de fojas “15”; b) Su libertad inmediata, debiendo expedir a dicho efecto mandamiento de libertad; c) Se declare temerario el accionar desleal de la actora y la juzgadora; y, d) Remisión de antecedentes ante el Ministerio Público por perjuicio acorde al acto saliente a fojas “69”.
Con el derecho a la dúplica manifiesta que: a) Resolvió la nulidad dentro del plazo establecido y que el “accionado” no hizo uso del derecho de apelación; b) Si la dirección del obligado fue proporcionada de forma maliciosa el juez como imparcial no puede investigar y que lo único que hizo es observar si el trámite de citación o notificación cumplía las formalidades; c) En base a los antecedentes efectúa la respectiva liquidación, disponiendo poner en conocimiento del ahora accionante y ante el desconocimiento del domicilio conforme la representación del oficial de diligencia se ordenó notificarse por edictos, por lo que no hubo vulneración de derechos; y, d) Bajo el principio de preclusión no puede anular obrados ni anular su propia sentencia “una vez que perdió competencia”.
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- , la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la citación con la demanda de asistencia familiar
- CONFIRMAR