Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2380/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.4.
II.4. El 11 de mayo de 2011, María Elfi Salazar de Galindo, en representación de Edi Widson Galindo Salazar, presentó incidente de nulidad de citación, dentro de la demanda de asistencia familiar seguida por Celina Cinthya Herbas Sandagorda, ante la autoridad ahora demandada (fs. 130 a 137), quien por Resolución de 18 de junio de 2011 rechazó dicho incidente (fs. 195 a 197).
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- , la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre la citación con la demanda de asistencia familiar
- CONFIRMAR