SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2380/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2380/2012

Fecha: 22-Nov-2012

denegó

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 30 de junio de 2011, cursante de fs. 251 a 252 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El incidente de nulidad interpuesto por el ahora accionante fue resuelto mediante Auto Interlocutorio de 18 de junio de 2011, y notificado a las partes el 20 de igual mes y año, de la forma establecida en el art. 121 del CPC; 2) Dicha Resolución está sujeta a impugnación en atención del art. 180.II de la CPE y como lo establece el art. 220 del CPC; es decir, que el incidente de nulidad estaría sujeto a impugnación a través del recurso de apelación en el efecto devolutivo, y que el accionante no ejerció; y, 3) La SC 105/2010-R de 10 de mayo, refiere “…cuando existe un incidente de nulidad pendiente que pretende restablecer el derecho de libertad no puede plantearse la acción de libertad…” (sic), es vinculante y obliga a todas las autoridades y los sujetos de “esta” acción de libertad a su cumplimiento.