SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2404/2012
Fecha: 22-Nov-2012
Fragmento 16
Según fue planteado por el accionante, dentro del proceso penal que se sigue en su contra, opuso objeción a la querella penal ante el incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 290 del CPP, y haciendo caso omiso, el Juez de Instrucción Mixto de Warnes, aplicó la medida cautelar de detención preventiva cuyo cumplimiento se hizo efectivo en el penal público de “Palmasola”, no obstante haber acreditado mediante certificado médico su malogrado estado de salud; por lo cual, se vio obligado a presentar apelación incidental dos veces consecutivas que fueron resueltas por la Sala Penal Primera y Segunda; que resolvieron anular los Autos recurridos, ordenando a su turno, la convocatoria a una nueva audiencia y la reconsideración de la medida cautelar, a cuyos pronunciamientos sucesivos, calificados de ilegales, se sumó la participación irregular del Fiscal asignado al caso, quien pese a estar recusado, continúo interviniendo, por lo que se encuentra ilegalmente procesado y detenido en el referido recinto penitenciario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Tribunal de alzada y sus atribuciones específicas
- Fragmento 16
- III.2.
- Fragmento 18
- REVOCAR en parte