SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2404/2012
Fecha: 22-Nov-2012
i)
Hirma Muñoz Colque, Jueza Primera Mixta y Cautelar de Instrucción de la localidad Montero de la provincia Obispo Santiestevan del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, mediante informe escrito, cursante de fs. 290 y vta., manidestó lo siguiente: i) Fue designada en suplencia del Juzgado de Warnes a partir del 5 de octubre al 30 de noviembre de 2010; ii) En suplencia, ante la emisión del Auto de Vista de la Sala Penal Primera, determinó la detención preventiva del accionante, la que fue apelada por segunda vez; según la valoración de los antecedentes, la situación jurídica del imputado y los riesgos procesales identificados; y, iii) El 30 de noviembre de 2010, a la conclusión de la suplencia decretada, perdió competencia para el conocimiento del proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Tribunal de alzada y sus atribuciones específicas
- Fragmento 16
- III.2.
- Fragmento 18
- REVOCAR en parte