Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2434/2012
Fecha: 22-Nov-2012
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
Erick Pérez Calvi, representante del Ministerio Público, señaló que para la presente acción de libertad debieron de cumplirse las formalidades legales que garanticen la citación formal de las autoridades demandadas, para que puedan ejercer debidamente su defensa, conforme la SC 0836/2007-R de 10 de diciembre, lo que no ha ocurrido debido a la desidia de la parte “recurrente”. No obstante esa observación, las actuaciones de las autoridades demandadas fueron conforme al procedimiento penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. El proceso penal, la etapa preparatoria y las fases preliminar y de desarrollo
- III.4. Distinción entre acto investigativo (reconocimiento o confrontación fotográfica para identificación) y medio de prueba (reconocimiento de personas o desfile identificativo)
- III.5. Análisis del caso concreto
- libertad personal
- netamente con fines investigativos e identificativos
- REVOCAR en parte