SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2441/2012
Fecha: 22-Nov-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 130/2011 de 14 de abril, cursante a fs. 45 y vta., pronunciada por el Juez Tercero de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial -ahora Departamento- de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 130/2011 de 14 de abril, cursante a fs. 45 y vta., pronunciada por el Juez Tercero de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial -ahora Departamento- de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3.La Resolución que resuelve incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa, es susceptible de apelación incidental
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- Fragmento 17