Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2452/2012
Fecha: 22-Nov-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogado en audiencia a tiempo de ratificar en su integridad el memorial de acción de amparo constitucional; agrega que es pertinente resaltar, que con el Auto de 3 de abril de 2012, se inicia las vulneraciones al debido proceso en el que se emite la designación de perito para la valoración psicológica de la denunciante, Resolución que al margen de que no le fue notificada extrañamente no está firmada por el Sumariante, sino aparece la firma de la abogada Julieta Montaño.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso en los procesos administrativos sancionatorios
- III.3. Sobre el derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR