Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2461/2012
Fecha: 22-Nov-2012
a)
El accionante solicita se declare “procedente” la acción y: a) Ordene al Rector de la Universidad Gabriel René Moreno, proceda al cumplimiento inmediato del deber omitido, aplicando el DS 20060 y el reconocimiento a su favor de la antigüedad de cinco años, siete meses y diez días de trabajo en la Universidad Pública del Beni, así como los dos años y nueve meses de funciones prestadas en la UAGRM; y, b) Se le reconozca por lo menos la categoría docente de profesor titular “C”, cuando no la de profesor emérito que le corresponde.
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Contraste entre las acciones de amparo constitucional y las acciones de cumplimiento
- III.3. El Derecho de petición
- III.4. Causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
- III.5. La activación de la acción de amparo constitucional por omisión
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR