SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2461/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2461/2012

Fecha: 22-Nov-2012

I.1.1.Hechos que motivan la acción

Ingresó a trabajar como docente en la Universidad Gabriel René Moreno de Santa Cruz, el año 1970, habiendo sido “desprogramado injustamente” los años 1985 a 1988, sumando en esos periodos dos años y siete meses; posteriormente, el año 1998 volvió a la cátedra en la que sigue desempeñándose como profesor universitario reincorporado, resultando hasta la fecha más de veinte años de prestación de servicios; empero, no se le reconoció su antigüedad obtenida en la Universidad Pública ni en la Universidad Autónoma del Beni, que forma parte del Sistema de la Universidad Boliviana, incumpliendo las autoridades de la UAGRM el mandato expreso del Decreto Supremo (DS) 20060 de 20 de febrero de 2004, que taxativamente ampara a los trabajadores del sector público en el reconocimiento de sus años de servicio.

Desde el año 2000 pidió a las autoridades competentes de la UAGRM, el reconocimiento de su antigüedad y se proceda a su categorización docente, sin haber recibido la atención necesaria conforme a derecho, lo que significa el incumplimiento de disposiciones legales expresas tales como el mencionado DS 20060 y el Reglamento General del Profesor Universitario en vigencia, art. 99 y ss y Reglamento del Escalafón Docente.