SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2468/2012
Fecha: 22-Nov-2012
denegó
El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 024/2012 de 2 de octubre, cursante de fs. 128 a 133, denegó la tutela impetrada, con los siguientes argumentos de orden jurídico constitucional: 1) En el marco de la SC 0080/2010-R, el accionante no agotó los mecanismos establecidos por ley, toda vez que el Tribunal Primero de Sentencia Penal, recién ha sido constituido, y aún no han tomado posesión los jueces ciudadanos, aspecto que será regularizado el 9 de octubre del presente año, en Tarija, donde el ahora accionante podrá presentar cualquier solicitud que la ley le franquee, para que sea el pleno del Tribunal quien conozca esta solicitud, entendiéndose que las autoridades ahora demandadas no han incurrido en la denegación de ningún derecho, toda vez que no han intervenido hasta el presente la totalidad de los jueces que integran el Tribunal; y, 2) No es posible acudir a la acción de libertad cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos, observándose que existen medios ordinarios para restablecer la tutela reclamada, ello en atención al principio de subsidiaridad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que considere que su vida está en peligro
- 1)
- la vida
- III.2. El contenido esencial mínimo del derecho a la vida a protegerse y promoverse por el Estado y las autoridades públicas
- i)
- 2)
- 3)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Estado Unitario
- circunstancias especialísimas como la presente
- 2° Disponer