Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2012-RCA
Fecha: 06-Dic-2012
Fragmento 3
En ese sentido, el 24 de mayo de 2010, el entonces Director Ejecutivo del SERNAP, a través de un recurso contencioso administrativo planteado ante el Tribunal Agrario Nacional, por vulneración a la garantía constitucional del debido proceso, solicitó se declare probada la demanda, en virtud de la cual debía anularse la Resolución 1202/2009, por haberse violado también varias normas de “Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria” (sic), añadido a que según las disposiciones, primera y segunda del DS 29215, AASANA no demostró la posesión legal de dicho predio, ocupado por otras empresas.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- incompetente
- rechazó in limine
- II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.2. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis de requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional, según el Código Procesal Constitucional
- II.4.
- Sentencia Agroambiental
- 2º Disponer