Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2012-RCA
Fecha: 06-Dic-2012
Fragmento 5
Agregan que, al ser AASANA una institución pública cuyos objetivos estratégicos son entre otros, la construcción, ampliación, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura aeroportuaria en favor de las operaciones de aeronaves en el espacio aéreo y aeropuertos del país, no obedece a lo establecido por el art. 164 del DS 29215 referido a que la pequeña propiedad, solar campesino, TCO's, cumple una función social y no así económica social. Finalmente, aclaran que tampoco se cuenta con el título ejecutorial correspondiente, de acuerdo al art. 393 del referido Decreto.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- incompetente
- rechazó in limine
- II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.2. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis de requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional, según el Código Procesal Constitucional
- II.4.
- Sentencia Agroambiental
- 2º Disponer