Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2012-RCA
Fecha: 06-Dic-2012
Sentencia Agroambiental
Por otro lado, consta en el memorial de demanda, que la parte accionante solicitó se declare procedente la acción, dejando sin efecto la Sentencia Agroambiental 03/2012 (fs. 58), apreciándose que ese dato no coincide con la del petitorio, en el que piden la anulación de la Sentencia Agroambiental 09/2012(fs. 61). Por consiguiente, corresponde exigir que esa referencia sea aclarada previamente por las accionantes, pues se trata de un requisito subsanable.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- incompetente
- rechazó in limine
- II.1. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- II.2. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis de requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional, según el Código Procesal Constitucional
- II.4.
- Sentencia Agroambiental
- 2º Disponer