Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0901/2012-CA
Fecha: 18-Dic-2012
3°
3° Poner la presente acción en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como personero del Órgano que generó la norma impugnada (Ley del Órgano Judicial); y, al Pleno del Consejo de la Magistratura, como personero del órgano que generó el Acuerdo 165/2012 (Reglamento de Régimen Disciplinario para el personal judicial de la Jurisdicción Ordinaria, Jurisdicción Agroambiental y Personal de Apoyo Judicial, de ambas jurisdicciones); a efecto de sus apersonamientos y formulación de alegatos en el plazo de quince días.
- Tribunal Disciplinario Primero del Distrito Judicial de Chuquisaca,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad concreta
- I.
- II.3. Análisis del caso en consulta
- 2°
- 3°