AUTO CONSTITUCIONAL 0901/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0901/2012-CA

Fecha: 18-Dic-2012

I.2. Respuesta a la acción

Corrido en traslado mediante proveído de 16 de noviembre de 2012 (fs. 24), Roberto Garnica Huaylla en representación de Alejandra Izaguirre Ocampo, mediante memorial de 22 del mismo mes y año (fs. 26 a 30), respondió manifestando que, los arts. 196.I y II, 198.I y II, 199 y 202 de la LOJ, regulan el inicio, la forma, las consecuencias y como se resuelven los actos de investigación preliminar, las cuales fueron aplicadas en vigencia del proceso de investigación en contra del accionante, antes del pronunciamiento del auto de apertura de juicio, las que no serán aplicadas en el fallo final del proceso disciplinario, por lo que no es posible justificar un cargo de inconstitucionalidad de las normas impugnadas, solicitando el rechazo de la acción por ser improcedente.