AUTO CONSTITUCIONAL 0906/2012-CA
Fecha: 18-Dic-2012
rechace
Del traslado del incidente de inconstitucionalidad, se tiene la respuesta presentada por Marco Antonio Montero Vaca, representante legal del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., como demandante en la causa, quien por memorial de 15 de noviembre de 2012, cursante de fs. 6 a 7 vta., solicitó se rechace la acción de inconstitucionalidad, argumentando que, la acción planteada no cumple con los requisitos establecidos en el art. 109 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), al existir una absoluta ausencia de fundamentos legítimos que vulneran la constitución y no se demuestra de que manera afecta o perjudica sus derechos, la aplicación del art. 534.II del CPC, en el desarrollo del proceso coactivo, solo hace mención al art. 115.I y 119.I y II de la CPE. Argumentando que esa redacción es abstracta en relación a los hechos que en ningún momento se produjeron en el desarrollo del proceso coactivo, sin exponer en qué medida afecta su aplicación para considerar su admisibilidad y procedencia, no se advierte fundamentación que sustente la presente acción de inconstitucionalidad, cuando el proceso se encuentra en la etapa de ejecución de sentencia, y el plazo para presentar esta acción habría precluido.
- Vocales
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechace
- rechazó
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales
- Fragmento 7
- II.4. Análisis del caso concreto
- la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso. La expresión de los fundamentos jurídico - constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas, es decir, los motivos o razones de la inconstitucionalidad; también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.5. Consideración final
- APRUEBA