Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0906/2012-CA
Fecha: 18-Dic-2012
Vocales
En consulta la Resolución 180/2012 de 19 de noviembre, cursante de fs. 8 a 9 vta., pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por el que rechazaron la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Wilfredo Añez Saavedra, demandando la inconstitucionalidad del art. 534.I y II del Código Procedimiento Civil (CPC), por presuntamente vulnerar los arts. 115.II, 119.I y II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Vocales
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechace
- rechazó
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales
- Fragmento 7
- II.4. Análisis del caso concreto
- la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso. La expresión de los fundamentos jurídico - constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas, es decir, los motivos o razones de la inconstitucionalidad; también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.5. Consideración final
- APRUEBA