Sentencia: 2540/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 2540/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.2. Sobre ladistintanaturaleza del control competencial y el control normativo de constitucionalidad

Tomando en cuenta lo razonado en el punto anterior, es necesario el aclarar que existe una gran diferencia entre el control competencial y el control normativo de constitucionalidad, ya que el primero tiene por objeto dirimir el conflicto suscitado y declarar competente a la jurisdicción que por disposición de las leyes y la Constitución tiene competencia para conocer y resolver el asunto concreto que generó el conflicto, así lo determina el art. 100 del Código Procesal Constitucional(CPCo), que textualmente establece que: