SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2538/2012
Fecha: 14-Dic-2012
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la vulneración de los derechos de la sociedad a la que representa, a la igualdad en el goce de derechos procesales, la libertad de empresa y pleno ejercicio de sus derechos, igualdad jurídica ante la ley y al respeto empresarial, sencillez administrativa en la política fiscal, la protección oportuna y efectiva de los derechos, al debido proceso, a la condena por una sola vez, por los ilícitos económicos, la aplicación directa de las garantías constitucionales, la seguridad jurídica, la primacía, el derecho a la igualdad y la garantía de seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 8.II, 14.III, 109.I, 115.I y II, 117.II, 178.I, 308.II, 311.I, 323.I, 325 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y arts. 2, 7 y 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- deniega
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional e inicio del cómputo.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- tampoco puede suplir las omisiones en el no uso oportuno de los mismos,
- CONFIRMAR