SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2556/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2556/2012

Fecha: 21-Dic-2012

i)

Asimismo, Raúl Gutiérrez Guerra, Comandante de Frontera de la Policía Boliviana en audiencia se adhirió a lo expuesto por los codemandados señalando que: i) La Policía Boliviana como fuerza pública tiene como misión la defensa de la sociedad, conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes bolivianas; y, ii) El Intendente Municipal el 30 de agosto de 2012, solicitó apoyo de la Policía Boliviana, el mismo que se cumplió hasta altas horas de la noche, luego el 31 del citado mes y año, llegó denuncias de los vecinos haciendo conocer que hubo alteración pública después que se retiró la policía, por lo que posteriormente el Intendente se apersonó a nombre del Alcalde para que no se proceda con el cierre de la calle por no existir orden alguna, siendo así que la accionante, Jéssica García Landivar, se presentó ante el Comando para que aprovechando la buena fe de éste, le extienda una certificación de buen comportamiento en dicha actividad, el mismo que viene siendo utilizado “hábilmente”.

El abogado de Jean Middagh Kaufman, también en audiencia dijo que amparado por los arts. 24 y 27 de la CPE y 147 de la LM, a nombre de los vecinos solicitó a las autoridades suspendan la actividad del concurso descubriendo talentos, por el ruido que provocaba, el daño al ornato público y por no permitir la circulación libre de vehículos, asimismo la venta de bebidas alcohólicas lesiona los derechos de los niños y jóvenes, porque al frente de dicho local se encuentra la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y.