Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2556/2012
Fecha: 21-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionados sus derechos al trabajo y a una fuente laboral; toda vez, que a pesar de existir la autorización para llevar a cabo el concurso denominado en busca de talentos en el karaoke “La Pecera PUB”, el mismo fue interrumpido por las autoridades y personas demandadas sin que medie razón alguna. En consecuencia, corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 17
- la acción de amparo constitucional se instituye como un instrumento no sustitutivo en la protección de los derechos fundamentales; porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa; por lo mismo, para obtener la protección que otorga la presente acción, el agraviado o quien lo represente, debe necesariamente agotar todos los medios ordinarios o administrativos ante la autoridad que considere que lesionó sus derechos fundamentales, y para el caso de subsistir el acto ilegal u omisión indebida, corresponderá acudir ante las instancias superiores que tengan facultad para hacer cesar la amenaza
- sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad cuándo: 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR