SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2593/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2593/2012

Fecha: 21-Dic-2012

II.3.

II.3.  Por Auto 214/08 de 17 de septiembre de 2008, el Juez Primero de Instrucción Cautelar declaró improbada la excepción de cosa juzgada, probada la excepción de falta de acción y de prescripción de la acción penal, planteada por Jhonny Rosales Agreda, Ruan Rosales Agreda, Robín Rosales Agreda, Mireya Velarde Menacho, Elsa Velarde Menacho, Magaly Chávez de Rosales y Marisabel Rosales Chávez, según lo establecido por el art. 27 del CPP, ordenando el archivo de la causa      (fs. 23 a 28).