SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2609/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2609/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, denunció como lesionados sus derechos al debido proceso y a la defensa, toda vez que, el 17 de mayo de 2010, fue detenido en el penal de Cochabamba, por la comisión del delito de violación a una menor; en fecha 20 de junio de 2011, el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo, otorga medidas sustitutivas a la detención preventiva, donde le imponen condiciones que deben ser cumplidas por el accionante para que se diera curso a la cesación de su detención; empero, debido a que la vacación judicial daba inicio, el juzgado encargado del caso no emitió el mandamiento de libertad respectivo y tampoco remitió el expediente principal al juzgado de turno, denunciando este hecho, puesto que además de la omisión existía una circular que ordenaba la remisión inmediata de los procesos al juzgado en reemplazo legal que se encargaba de los casos por vacación, todos estos hechos ocasionaron dilación en el cumplimiento de la orden de libertad. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.