SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2611/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2611/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad, por cuanto en audiencia de preparación de juicio inmediato se interpuso incidentes y excepciones a cuya consecuencia la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal dictó la Resolución 121/2011, declarando improcedente la excepción de extinción de la acción penal dado que el Ministerio Público, no presentó requerimiento conclusivo dentro del plazo de cuarenta y cinco días solicitado por la representante de la referida institución; asimismo, emitió la Resolución 122/2011, declarando procedente el incidente de actividad procesal defectuosa, debido a que la declaración informativa no llevaba firma de la representante del Ministerio Público lo cual conllevó a la nulidad de todos los actos procesales de investigación; empero, en dicha audiencia no se determinó su libertad; en cuanto a la Resolución 64/2011 de 18 de abril, Elías Fernando Ganam Cortez y Ramiro López Guzmán, Vocales de la Sala Penal Segunda, emitieron sin ninguna fundamentación. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.