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    AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2012-CA

    Fecha: 22-Feb-2012

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la solicitud
    • Fragmento 4
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley No. 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2. Atribución de la Comisión de Admisión
    • cambió
    • protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • el tribunal o juez de amparo ante la interposición del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de una acción tutelar tiene la facultad de desestimar el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, sin la necesidad que el mismo sea remitido en consulta a este Tribunal,
    • de acceso a la justicia
    • siendo ésta la razón de la aprobación del rechazo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • APROBAR,

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