Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución 125/2010 de 13 de abril, cursante a fs. 16 y vta., pronunciada por el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto, por el que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Reynaldo Pocoata Mendoza, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 45.II de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), 132 y 133 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- a)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.Cumplimiento de requisitos
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR,