Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
Fragmento 10
En el caso que se examina, se evidencia que en el proceso Civil Coactivo seguido por “Mutual La Paz”, contra Simón Quispe Quispe y Felipa Choque Ramos, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto, dictó sentencia (fs. 2 y vta.), declarando probada la demanda coactiva civil, sobre cobro de dólares americanos, estableciéndose que, en ejecución de sentencia se dispone la prosecución de los tramites de ley de medidas previas a remate del bien inmueble en cuestión (fs. 5 y vta.).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- a)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.Cumplimiento de requisitos
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR,