Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
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1.- APROBAR la Resolución de 13 de febrero de 2012, cursante de fs. 82 vta. y 83, dictada por el Juez de Instrucción Tercero en lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la frase “bajo apercibimiento de apremio” del art. 688 del CPC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Del cumplimiento de requisitos
- II.3. Improcedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.4. Otras consideraciones
- II.5. Análisis del caso concreto
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