Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución de 13 de febrero de 2012, cursante a fs. 82 vta. a 83, pronunciada por el Juez de Instrucción Tercero lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta- interpuesto por Vicenta Sánchez Alarcón y Justiniano Sánchez Alarcón demandando se declare inconstitucional la frase “Bajo Apercibimiento de Apremio” del art. 688 del Código de Procedimiento Civil (CPC) por considerar que presuntamente contradice los arts. 22, 23 y 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Del cumplimiento de requisitos
- II.3. Improcedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.4. Otras consideraciones
- II.5. Análisis del caso concreto
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