Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0254/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución de 2 de junio de 2009, cursante de fs. 6 a 8, pronunciada por el Fiscal de Materia del Distrito de Santa Cruz, por lo que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Concepción Limbania Zeballos Salvatierra, demandando la inconstitucionalidad del art. 203 del Código Penal (CP), por presuntamente vulnerar los arts. 115.II, 116.II, 119.II y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- 1)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- Fragmento 10
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- Fragmento 13
- APROBAR