Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0020/2012
Fecha: 16-Mar-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que los Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia, no expidieron el mandamiento de detención domiciliaria a favor de su representado, con el argumento que el Director del Recinto Penitenciario de San Pedro le había informado que no contaba con el personal policial suficiente para asignar los dos policías custodios. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- 01/2012 de 4 de enero
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- “…empero, lo que no está permitido es que el agraviado incumpliendo su deber de actuar con lealtad procesal, habiendo activado el recurso de reposición y estando en trámite el mismo en la jurisdicción ordinaria, de manera paralela active la acción de libertad en la jurisdicción constitucional, en ese caso no es posible ingresar al análisis de fondo”
- III.2. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- APROBAR