SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2012

Fecha: 16-Mar-2012

II.2.

II.2.  En audiencia de acción de libertad, el abogado de la accionante manifestó que debido a la recusación formulada contra la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal, la causa radicó en el Juzgado Cuarto, donde solicitó en distintas oportunidades la cesación de la detención preventiva de su defendida, sin que se hubieren considerado y resuelto en audiencia pública, sino denegándosele por simples decretos. Las solicitudes datan de 4, 12, 13 de julio, 3 y 25 de agosto, 7 de septiembre, 5, 15, 25 y 28 de noviembre, 13 y 21 de diciembre de 2011 y de 9, 23 y 24 de enero de 2012, actos procesales que se suspendieron en algunas ocasiones por falta de notificación al Ministerio Público (fs. 33 a 36 vta.).