Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2012
Fecha: 26-Mar-2012
III.1. Naturaleza y alcance de la acción de amparo constitucional
La Ley Fundamental, en su Capítulo Segundo “Acciones de Defensa”, instituye la acción de amparo constitucional, estableciendo que: “…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y las leyes” (art. 128); es decir, que esta garantía jurisdiccional tiene por finalidad la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales cuando este siendo vulnerados. Conforme a este desarrollo constitucional se advierte el contenido del art. 94 de la LTC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Respecto al alcance y ámbito de protección de las jurisdicciones ordinaria y constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR