SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2012

Fecha: 26-Mar-2012

III.1. Naturaleza y alcance de la acción de amparo constitucional

La Ley Fundamental, en su Capítulo Segundo “Acciones de Defensa”, instituye la acción de amparo constitucional, estableciendo que: “…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y las leyes” (art. 128); es decir, que esta garantía jurisdiccional tiene por finalidad la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales cuando este siendo vulnerados. Conforme a este desarrollo  constitucional se advierte el contenido del art. 94 de la LTC.