Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2012-RCA
Fecha: 25-Abr-2012
I.3. Petitorio
Solicita se “otorgue” la tutela para restablecer sus derechos y garantías restringidos, disponiendo se deje sin efecto la Resolución de la Comisión de Reclamación 486/11 de 3 de diciembre y se ordenó a los demandados que en estricto cumplimiento del Auto de Vista 259/2008 SSA-II, que tiene la autoridad de cosa juzgada, dispongan de manera inmediata el pago de reintegros a la renta complementaria de vejez por el periodo de noviembre de 1997 a diciembre de 2006.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Causales de improcedencia del amparo constitucional.
- procedere
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna,
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiaridad
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR