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    AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2012-CA

    Fecha: 16-Abr-2012

    1º

    1º APROBAR con otros argumentos la Resolución de 17 de septiembre de 2009 cursante de fs. 33 a 36 vta., pronunciado por el Tribunal de Sentencia de Buena Vista de la provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Juan Pablo Coca Mendoza.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • Fragmento 4
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.  Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • Fragmento 7
    • II.3.
    • II.4.  Requisitos de admisibilidad y atribución de la Comisión de Admisión
    • II.5. Otras consideraciones
    • a)
    • 1º
    • 2º

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