AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

I.2. Respuesta a la acción

Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2009, cursante a fs. 32, Emilse María Viera de Antelo, responde al recurso indicando que el incidentista cuestiona una resolución judicial dictada por el Tribunal de Sentencia, además de incumplir con los requisitos exigidos por el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). Por otra parte la autoridad consultante, de conformidad con el art. 44 del CPP, tiene competencia para resolver todas las cuestiones e incidentes que se suscriben en el proceso.