AUTO CONSTITUCIONAL 0408/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Los recurrentes, por memorial presentado el 27 de octubre de 2010, cursante de fs. 29 a 43, interpusieron el recurso, dentro del proceso de interdicto de recuperar la posesión, respecto al inmueble ubicado en el Distrito 8, ex hacienda “Parcopata” en la ciudad de El Alto, seguido por Mario Vicente Patiño Fernández, en su contra, causa en el que se dictó la Sentencia 0094/2010-C de 16 de marzo, al amparo del art. 613 del CPC, declarando probada la demanda, ordenando a los recurrentes la restitución de los lotes de terreno de la urbanización ex hacienda “Parcopata”, al demandante en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de lanzamiento, determinación confirmada por Auto de 340/2010 de 24 de septiembre.
Además los incidentistas señalan que, en los procesos interdictos no se materializa la ejecución de sentencia siendo un elemento formal que no causa estado, porque tiene la posibilidad de acudir a la vía ordinaria, la cual es salvada a los efectos legales siendo que pueden ser objeto de revisión según lo determina el art. 593 del CPC, por lo que una persona demandada en este tipo de procesos, no pude ser desapoderada del sitio, toda vez que la sentencia no causa estado; refieren que los argumentos manifestados tienen apoyo jurisprudencial en las SSCC 007/2005, 45/2004, 029/2001,33/2005, 12/2005; AACC 409/2005, 0411/2005, 194/2005, 653/2004, 647/2004, 633/2004, 62/2001, 342/2004, 307/2004, 306/2004, 305/2004, 414/2005, como el desapoderamiento, manifiestamente inconstitucionales.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- antes de la ejecutoria de la sentencia
- i)
- II.4. Análisis del caso concreto
- sin recurso ulterior.
- APROBAR