SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2012

Fecha: 09-Abr-2012

a)

El accionante ratificó su demanda y amplió la misma, señalando que: a) El Juez demandado al momento de rechazar la cesación a la detención preventiva, no pone énfasis en los peligros procesales de los art. 234 y 235 del CPP; se establecen 10 incisos, pero en ninguna parte se menciona cual es el peligro procesal específico en la que incurre la imputada; b) No existe causal de revocatoria para aplicar una “medida más gravosa”; y, c) Se ha cumplido con el principio de subsidiaridad, porque la resolución está en un Auto de Vista emergente de una apelación incidental.