SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2012

Fecha: 12-Abr-2012

III.8.3 Con relación a la inamovilidad laboral solicitada

De los Fundamentos Jurídicos precedentes y la modulación efectuada, el beneficio de inamovilidad laboral, contenido en el art. 48.VI de la Constitución Política del Estado, no resulta aplicable al caso concreto, dado que en debido proceso se determinó la disolución de la relación laboral, en función a que la accionante incurrió en causales atribuibles a su persona, que dieron lugar al inicio de proceso administrativo interno en su contra, conforme previene el art. 5.I del DS 0012.

De otra parte, no puede dejarse de lado que Cynthia Cayo Ríos, asumió defensa en debida forma durante las distintas etapas del proceso seguido en su contra, comprobándose la comisión de las causales que dieron lugar a la extinción de la relación laboral, contenidas en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario.