SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2012
Fecha: 16-Abr-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La demandante, considera que fueron vulnerados el derecho a la educación y la garantía a la igualdad de su hija, debido a que no obstante de haber efectuado todos los actos conducentes a la inscripción de la misma en la Unidad Educativa “Tcnl. Rafael Pabón Cuevas III” de las ciudad de El Alto, correspondiente a la gestión 2012, el nombre de la niña fue excluido de la lista definitiva de alumnos admitidos, sin tomar en cuenta que en la primera lista publicada si se hallaba consignada, hecho que derivó en un estado de absoluta incertidumbre y en un evidente perjuicio para su formación escolar. En consecuencia, se procederá a analizar si en el presente caso corresponde la concesión o no de la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 5
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El derecho a la igualdad y su multidimensionalidad jurídica constitucional
- a la educación
- La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla
- accesibilidad
- La opción de estudiar en la escuela más próxima a su vivienda;
- III.4. La firmeza de los actos administrativos a la luz de la Constitución Política del Estado
- III.4. La excepcionalidad al carácter subsidiario dentro de la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis y resolución del caso específico
- III.5.1. Respecto al derecho a la educación
- III.5.2. En cuanto a la garantía de la igualdad
- APROBAR