SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2012

Fecha: 16-Abr-2012

III.5.2. En cuanto a la garantía de la igualdad

En cuanto a la denuncia efectuada por parte de la accionante, respecto a la existencia de transgresión de la garantía de la igualdad de su hija, al momento de su inscripción en la Unidad Educativa “Tcnl. Rafael Pabón Cuevas III”, éste hecho configura la necesidad de que para su lesión existan hipótesis similares y un trato disímil; en ese sentido, en el caso en examen se pudo establecer que efectivamente existen situaciones similares y trato diferenciado, razón por la cuál, este Tribunal encuentra violación del derecho a la igualdad, por cuanto, la menor no ha recibido atención igual que sus pares, recibiendo más bien trato discriminatorio y excluyente al momento de su eliminación sin justificación alguna de las listas de alumnos admitidos en el ya citado centro educativo, para la gestión 2012.

La discriminación producida en autos, implica preferencia, exclusión, restricción, extremos fácticos que han impedido el pleno goce de derechos fundamentales por parte de la hija de la accionante. Los privilegios o trato desigual en desmedro de algunas personas, son prácticas proscritas de una sociedad incluyente que basa sus cimientos en la plurinacionalidad, base moral y eje supremo del Estado de Derecho del buen vivir.

Finalmente, cabe señalar que de acuerdo a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia, la publicación final de listas de alumnos admitidos en la Unidad Educativa “Tcnl. Rafael Pabón Cuevas III”, no debió ser modificada o revocada unilateralmente, por cuanto dicho acto administrativo, ya produjo consecuencias de orden jurídico de beneficio colectivo en favor de los alumnos postulantes al nivel inicial.