Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2012
Fecha: 13-Abr-2012
II.2.
II.2. De acuerdo a los antecedentes señalados en el expediente, se amplió los fundamentos de la acción de libertad, señalando que se determinó la detención preventiva de su representado, por supuestos riesgos procesales de fuga y de obstaculización. Sin embargo, la Resolución que determinó la medida cautelar de detención preventiva, no se encuentra debidamente fundamentada ni motivada respecto a dichos riesgos procesales, aspecto que lesiona los derechos de su mandante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Ángel René Salazar Choque, Juez Tercero de Partido en lo Penal y Liquidador,
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- II.1.
- II.2.
- luego
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. De la prontitud en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales
- otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas, y los hechos fueron conexos con el acto motivante del recurso, por constituir su causa o finalidad…',
- III.4. Sobre el caso analizado
- a)