SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2012
Fecha: 13-Abr-2012
luego
La parte accionante, manifestó que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la libertad física y al debido proceso, puesto que: Ante la determinación de imponerle la medida cautelar de detención preventiva, en audiencia de medidas cautelares, apeló contra la Resolución, recurso que fue demorado en su tratamiento de manera injustificada, postergando los plazos para considerar su recurso; y, luego que los Vocales demandados fijaron audiencia de consideración del recurso de apelación, la misma se postergó en una primera instancia debido a una excusa de uno de los Vocales, señalándose audiencia para el 27 de abril de 2012 y una vez instalada la última audiencia, ésta fue suspendida nuevamente por otra excusa de un Vocal, sin señalar nueva fecha de audiencia, postergando su consideración de manera reiterada e injustificada. Correspondiendo analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Ángel René Salazar Choque, Juez Tercero de Partido en lo Penal y Liquidador,
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- II.1.
- II.2.
- luego
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. De la prontitud en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales
- otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas, y los hechos fueron conexos con el acto motivante del recurso, por constituir su causa o finalidad…',
- III.4. Sobre el caso analizado
- a)