SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2012

Fecha: 02-May-2012

a)

Erwin Jiménez Paredes, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal y cautelar, presento informe escrito cursante a fs. 9 y vta., señalando lo siguiente: a) La representada del accionante se encuentra completamente “equivocada al indicar que mi autoridad no hubiera señalado audiencia de cesación y audiencia conclusiva”, indicando que con dicha situación se estaría vulnerando el debido proceso y la presunción de inocencia, por otro lado indica que todos los memoriales presentados por los sujetos procesales han sido oportunamente resueltos; b) Así también, “sin ningún fundamento jurídico solicita se declare la nulidad del acto motivadamente de la privación de libertad, desconociendo por completo el fin u objetivo de la presente acción”, como si fuera el juez o tribunal de garantías, un tribunal de alzada, lo que es peor pide que se disponga su libertad; y, c) Al no ajustarse la presente acción tanto al objeto como las causas de procedencia establecidos en los arts. 65 y 66 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) y 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), se rechace la acción de libertad.